El presente seguro tiene por objeto, en los términos de las presentes condiciones indemnizar a terceros o reembolsar al asegurado por los montos por los cuales sea civilmente responsable, en virtud de sentencia judicial pasada en autoridad de cosa juzgada o en acuerdo autorizado de modo expreso por la entidad aseguradora por hechos ocurridos durante la vigencia del seguro y relativos.
Riesgo Cubierto: Se considera riesgo cubierto la responsabilidad civil del asegurado (de acuerdo con lo previsto en la Cláusula 1.) proveniente de daños materiales y/o personales a terceros no transportados por el vehículo asegurado en esta póliza, como consecuencia de accidente de tránsito causado:
a) Por el vehículo detallado en este seguro, que tendrá que ser, necesariamente, un vehículo de paseo particular o de alquiler, no patentado en el país de ingreso, o
b) Por objetos transportados en el vehículo en el lugar destinado para tales fines;
c) Por remolque detallado en este seguro, cuando se encuentre acoplado al mismo vehículo asegurado, siempre que la autoridad competente autorice y reglamente su utilización y se haya pagado la prima adicional correspondiente.
Además es obligatorio y exigido (Mercosur) en Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay, Perú y Uruguay.
Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código POL120130414
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